Fundación para la Investigación Social Avanzada
Avanzar es conocerse mejor
Sello de Calidad
La finalidad del sello será garantizar la calidad de las investigaciones realizadas por las personas o instituciones que lo soliciten. El sello irá vinculado a investigaciones concretas y no a las instituciones o personas que las desarrollen. Se referirá siempre a investigaciones finalizadas. La verificación será revisada por el comité científico de la Fundación y abarcará tanto al proceso de investigación como al contenido de la misma, comprendiendo los siguientes aspectos:
- Oportunidad del tema planteado
- Originalidad de la investigación
- Metodología de trabajo
- Análisis de la información obtenida
- Conclusiones
- Conclusiones
- Posibilidades de aplicación teóricas o prácticas, generales o particulares
- Equipo de trabajo
- Viabilidad de la investigación realizada: adecuación entre el objetivo, los plazos y la financiación
Cada miembro del comité científico, evaluará la investigación por separado y emitirá un informe individual que será aportado a una reunión conjunta del comité que emitirá el correspondiente informe que podrá ser:
- Estimatorio de la investigación evaluada
- Desestimatorio total, que incluirá los motivos por los que se desestima la investigación
- Desestimatorio parcial, en cuyo caso contendrá una relación detallada de las modificaciones que sería necesario introducir en la investigación presentada.
Cuando el informe del comité científico sea aprobatorio de la investigación presentada, la Fundación otorgará un sello de calidad vinculado a la misma, que consistirá en un certificado de calidad y en el derecho a utilizar el logo de calidad de la investigación de la Fundación en la publicación y difusión de la misma.
En el caso de los informes desestimatorios parciales, la Fundación devolverá la investigación evaluada a la institución, grupo de investigación, o persona que la hubiese presentado, para que realizase las modificaciones oportunas en un plazo de tiempo relacionado con la cantidad y complejidad de dichas modificaciones. Si el informe del comité fuese desestimatorio, se devolverá la investigación a quien la hubiese presentado, advirtiendo que no se podría volver a presentar la misma en un plazo inferior a un año desde que se presentó.